SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2017-S1
Fecha: 23-Mar-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes menores de edad a través de su representante sin mandato señalaron como lesionados sus derechos a la libertad, a la vida y a los principios “DEBIDO PROCESO, DEFENSA MATERIAL, DEFENSA TECNICA, SEGURIDAD JURIDICA, IGUALDAD DE PARTES, TRANSPARENCIA, PROBIDAD, HONESTIDAD, LEGALIDAD, VERDAD MATERIAL” (sic); debido a que, dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de asesinato, solicitaron cesación a la detención preventiva, misma que fue rechazada por la autoridad judicial hoy demandada; empero, en apelación el Tribunal superior revocó dicha decisión por Auto de Vista 267/2016 y determinó la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva; sin embargo, el Juez a quo pese a tener conocimiento de dicha decisión en una evidente retardación de justicia no dio cumplimiento a lo señalado menos emitió los correspondientes mandamientos de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 10
- III.2.
- ;
- III.3. De la acción de libertad
- III.4. De la celeridad procesal en las decisiones vinculadas al derecho a la libertad
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR