SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2017-S3

Fecha: 21-Mar-2017

II.1.

II.1.  Por memorial presentado el 23  de diciembre de 2016, Rodolfo Octavio Ríos Albornoz -ahora accionante- por medio de su abogado, solicitó a la Jueza de Instrucción Penal Primera de la Capital del departamento de Pando -hoy demandada- la remisión de actuados al Tribunal de alzada, señalando que: “… el día 9 de diciembre de 2016, en horas de la mañana en audiencia de revocatoria su autoridad decidió agravar las medidas que en un primer momento se me impuso, es decir su autoridad ordenó mi detención domiciliario pero esta vez sea con CUSTODIO  POLICIAL, es en ese entendido que en la misma audiencia hicimos uso del recurso de apelación y a la fecha aún (…) no remite el cuaderno a la sala penal para que se resuelva la audiencia de apelación amparo en el art. 251, del CPP” [sic (fs. 2)].