Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0219/2017-S1
Fecha: 24-Mar-2017
II.3.
II.3. El Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer antes citado, dictó el Auto de 6 de enero de 2017, indicando en el primer párrafo, que el Ministerio Público le comunicó el 4 de octubre de 2016, el inicio de investigaciones del caso ZSR1602535, seguido contra el accionante por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica (fs. 41).
- acción de libertad
- Fragmento 2
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos
- en caso de existir mecanismos procesales específicos
- 2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional
- III.4. Análisis del caso
- Fragmento 13