SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2017-S1
Fecha: 24-Mar-2017
II.2.
II.2. Mediante Resolución 28/2016 de 19 de abril, emitida por Rosmery Lourdes Pabón Chávez, Jueza de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Segunda del departamento de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Milton Hugo Mendoza Miranda y otros, por la presunta comisión de los delitos previstos y sancionados por los arts. 174 y 158 del CP, se dispuso la detención preventiva del referido imputado, que deberá cumplir en el Recinto Penitenciario San Pedro de La Paz, ordenándose para tal efecto, expedirse por Secretaría de ese Juzgado, el correspondiente mandamiento de ley; contra tal determinación, el abogado del procesado hoy accionante, interpuso recurso de apelación, de conformidad al art. 251 del CPP (fs. 2 a 14).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- a)
- 1)
- i)
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. La configuración jurídica de la acción de libertad como derecho fundamental y garantía constitucional
- Fragmento 11
- II.2. Del alcance del debido proceso en las acciones de libertad
- III.3. Obligación del tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- concedido
- REVOCAR en parte