SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0240/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0240/2017-S2

Fecha: 20-Mar-2017

concedió

El Tribunal de Sentencia Penal Segundo de El Alto del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 02/2017 de 31 de enero cursante de fs. 14 a 16 vta., concedió la tutela solicitada disponiendo que la autoridad demandada en el plazo de veinticuatro horas lleve a cabo la audiencia de cesación a la detención preventiva sin responsabilidad por ser excusable, determinación asumida previo sustento legal, en base a los siguientes fundamentos: a) Hebert Franz Ajata Mamani, el 24 de enero del año de 2017 solicitó cesación a la detención preventiva y, por providencia de 25 del mismo mes y año, la autoridad señaló audiencia para el 30 de los corrientes a horas 09:00; b) El 26 de enero de 2017 el Ministerio Público presentó acusación, emitiéndose el decreto correspondiente el 30 de enero de dicho año; c) La víctima Vicenta Rosario Portugal Pérez, el citado día presentó memorial solicitando la remisión de actuados en el plazo de veinticuatro horas conforme la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, suspendiendo el Juez la audiencia por esta causal; d) La    SC 0104/2010-R de 10 de mayo, refiere que ante la presentación de la acusación y, si aún no se radica ante un tribunal de sentencia penal, se entiende que no existe autoridad que pueda reparar la lesión del derecho a la libertad, resultando “procedente” la acción de libertad; y, e) Según lo informado por el Juez demandado, la audiencia se suspendió al haberse presentado la acusación, remitiendo antecedentes al Tribunal de Sentencia Penal Segundo de El Alto, donde aún no se sorteó la causa; en consecuencia, se incumplió con el art. 325 parágrafo I de la citada Ley.