SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAl 0248/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAl 0248/2017-S1

Fecha: 28-Mar-2017

denegó

El Juez Público de Familia Tercero del departamento de Oruro, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 02/2016 de 31 de agosto, cursante de fs. 108 a 112, denegó la tutela solicitada; en base a los siguientes fundamentos jurídicos: i) El auto de Vista 03/2016 de 20 de enero, cuenta con la debida fundamentación respecto a la apelación, aclarando que la motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales, no necesariamente deben ser ampulosas, debiendo ser concisas, pero claras y satisfacer todos los puntos demandados, expresando las convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión, en cuyo caso las normas del debido proceso se tienen por cumplidas; ii) La nulidad pretendida por el accionante, de las Resoluciones de 19 de septiembre y 2 de octubre, ambas del 2013, ya fue resuelto mediante Resolución 795/2014 de 26 de agosto, aclarando que como constituían simples providencias, para impugnarlas el recurso pertinente era el recurso de reposición descrito en el art.  401 del CPP, recurso que no utilizó el ahora accionante, también se demostró que la audiencia conclusiva de 3 de septiembre de 2013, en la que no se había observado ninguna prueba del Ministerio Público, porque la presentó después, con lo que se demostró que existió actos consentidos, y que no puede ser reclamada mediante esta accion tutelar; y, iii) En cuanto a que el Juez cautelar emitió una Resolución fuera de lo pedido en su recurso, contraviniendo los principios de prohibición de pronunciarse sobre un tema no pedido mencionando al efecto los arts. 398 y 400 del CPP, al respecto cabe aclarar que dicha normativa no es pertinente al presente caso porque las limitaciones señaladas son para tribunales de alzada, por otra parte el accionante presentó fotocopia simples y antecedentes incompletos de los antecedentes del proceso del delito de violación de infante, niña, niño ó adolescente.