Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0256/2017-S2
Fecha: 20-Mar-2017
III.3.4. Respecto a su indebida privación de libertad
Finalmente, no es cierto que el accionante estuvo indebidamente privado de libertad, ya que por Resolución 305/2010 de 20 de mayo, aceptando el requerimiento efectuado por el Ministerio Público y de la parte querellante, la entonces Jueza Décima de Instrucción en lo Penal del departamento antes mencionado, dispuso la detención preventiva del accionante, a cumplir en el Centro de Rehabilitación “San Pedro” de La Paz, por ser probable autor del delito de asesinato.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. Procedencia de la acción de libertad
- III.3. Análisis en el caso concreto
- III.3.1. En cuanto a su vida en peligro
- III.3.2. Respecto a su persecución ilegal
- III.3.3. En relación a su procesamiento indebido
- III.3.4. Respecto a su indebida privación de libertad
- CONFIRMAR en todo