SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0261/2017-S1
Fecha: 28-Mar-2017
1)
Elizabeth Vilcaez Flores, Fiscal de Materia, presentó informe escrito cursante de fs. 64 a 66, alegando que: 1) Si bien se presentó un test de alcoholemia, también se tenía dos certificados médicos forenses, uno con incapacidad de ciento cuarenta días y el otro de ochenta días, atentando contra la integridad física y la vida de dos personas; 2) El accionante hace simple referencia de la SCP 0495/2016, que fue aplicada en un caso de rechazo de solicitud de cesación a la detención preventiva y no en una medida cautelar; consiguientemente, hay que tomar en cuenta que bajo una interpretación doctrinal se identificó que existe jurisprudencia indicativa y de precedentes obligatorios, esta última señala que, para ser aplicada debe existir supuestos fácticos análogos, lo que no ocurre en el presente caso; y, 3) El accionante debe agotar todas las instancias para la restitución de sus derechos, como ser un incidente de actividad procesal defectuosa, o en su caso apelar la resolución o solicitar la cesación a la detención preventiva; por lo que, la vía de la acción de libertad no es aplicable, porque el principio de subsidiariedad no fue cumplido.
- acción de libertad
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.3. Jurisprudencia reiterada en relación al retiro o desistimiento de la acción de libertad
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos
- en caso de existir mecanismos procesales específicos
- 4. Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
- III.5. Análisis del caso
- Fragmento 13
- Fragmento 14