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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0261/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0261/2017-S1

    Fecha: 28-Mar-2017

    II.2.

    II.2.  En la fecha precedentemente indicada se desarrolló la audiencia de aplicación de medidas cautelares del accionante, donde se dispuso su detención preventiva y se advirtió expresamente a las partes que dicha determinación era apelable en el término de setenta y dos horas, conforme prevé el art. 251 del CPP (fs. 47 a 49).

    • acción de libertad
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III.3. Jurisprudencia reiterada en relación al retiro o desistimiento de la acción de libertad
    • No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos
    • en caso de existir mecanismos procesales específicos
    • 4. Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
    • III.5. Análisis del caso
    • Fragmento 13
    • Fragmento 14

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