SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2017-S1

Fecha: 28-Mar-2017

1)

Ximena Anet Zegales Espinoza, Representante de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia dependiente del Gobierno Autónomo Municipal de Caranavi del departamento de La Paz, presento informe de 7 de febrero de 2017, cursante a fs. 7 y vta., expresando que: 1) El 1 de idéntico mes y año, se habría realizado inspección judicial en el bien inmueble de propiedad de Dina Esquivel Mamani vda. de Quiñonez, a instancia del Juzgado Público Mixto Primero de Caranavi del departamento de La Paz, desconociéndose el tipo de proceso, siendo que la a la institución a la que representa no es parte interviniente, acto en el cual supuestamente se hubiese suscitado agresiones físicas y psicológicas a dos menores de edad; 2) Consecuentemente realizada la denuncia, signada con el caso 76/2017 de 1 de febrero, por la parte accionante, en la cual se hizo referencia a supuestas agresiones físicas y psicológicas que hubiesen sufrido dos menores de edad; misma que recién el 3 de igual mes y año fue formalizada adjuntándose la cédula de identidad de Libeth Loyda Quiñones Salinas, no pudiéndose remitirse para los respectivos informes sociales y psicológicas denuncias que no cuenten con la documentación correspondiente, (en este caso la cédula de identidad de la parte denunciante); menos aún se llevaron a los menores de edad para su respectiva valoración social y psicológica; y, 3) El 3 de febrero de 2017, Dina Esquivel Mamani vda. de Quiñonez presentó una nueva denuncia sobre los mismos hechos, donde refirió la agresión física sufrida a sus dos hijos menores; y, de acuerdo a nota CITE G.A.M.C./D.N.N.A./007/2017 de 6 del mismo mes, emitida por Secretaría se señaló que no se remitió la citada denuncia al Área Social porque la parte denunciante no se hizo presente.