SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0267/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0267/2017-S2

Fecha: 20-Mar-2017

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado, ratificó los términos de la acción tutelar presentada y las amplió señalando que: la Ley 2341 de 23 de abril de 2002, Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), establece como requisito previo, que antes de la imposición de cualquier sanción tiene que haber un proceso administrativo sancionador, donde se le otorgue el derecho al Juez natural, derecho de igualdad y de defensa, así como el derecho de conocer la acusación, y asimismo; el derecho de ofrecer prueba, en un plazo probatorio; en este caso en particular no ha ocurrido aquello, ya que si bien se alega que los ahora demandados estarían cumpliendo una normativa, entonces tal procedimiento estaría al margen de la Constitución Política del Estado. En virtud de que no se mencionó los motivos por lo que se procedió a la clausura y la multa impuesta, simplemente tiene el sello municipal, además que invoca una ley municipal, norma que señala el tiempo de la clausura, pero no dice las causales por los que se estaría imponiendo tales sanciones, por lo que no se está discutiendo las potestades que tiene el municipio, sino que deben ejercer las mismas respetando la Constitución Política del Estado y la Ley de Procedimiento Administrativo.