SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0441/2017-S2
Fecha: 29-Mar-2017
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El abogado de la accionante, ratificó los argumentos de la demanda manifestando además que al presente existen ocho procesos penales contra Brogher Ernesto Vargas Morales, de los cuales, cuatro son por violencia intrafamiliar, coacción y sustracción de AA, iniciados a instancia de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia y el SLIM, derivando en la imposición de medidas de protección dispuestas por el Ministerio Público y posteriormente homologadas por los Juzgados de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer Primero y Segundo del departamento de La Paz.
A su vez, manifiesta que el 7 de noviembre de 2016, su ex cónyuge fue notificado con una resolución del Juzgado de Familia Cuarto de ese departamento, por la que la accionante, recupera la guarda legal de su hijo; empero, el padre del menor hasta la interposición de la acción de libertad, no dio cumplimiento a dicha orden judicial, tiempo en el cual no se sabe en qué situación se encuentra el menor, virtualmente desaparecido, pues se ejecutaron tres allanamientos al domicilio de esta persona, sin poder dar cuenta de la presencia de su hijo.
La pre citada Resolución fue objeto de apelación por el padre del menor, que pasó a conocimiento del Vocal Jorge Adalberto Quino Espejo, quien pretende resolver la causa en evidente lesión de la libertad del menor, porque un vocal en materia Civil, no puede sobreponerse a dos homologaciones de medidas de protección otorgadas por los jueces de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer; por ello, tampoco puede admitirse una apelación de una persona que está siendo buscada por la Policía y que en la fecha fue detenida en el Centro Penitenciario “San Pedro”, en cumplimiento al mandamiento pertinente librado por el Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer Primero; ante cuya situación considera que si la autoridad judicial del Tribunal de alzada, resolviera la apelación, estaría poniendo en riesgo la integridad física y la libertad del menor, solicitando en definitiva la concesión de la tutela, disponiendo que la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, no confiera la guarda del menor a Brogher Ernesto Vargas Morales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- III.2. La guarda de los hijos dispuesta en proceso de divorcio
- III.3. La legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo