Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0074/2017-CA
Fecha: 10-Abr-2017
II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
Se demanda la inconstitucionalidad del art. 90 numerales 18 y 22 del Reglamento de Administración y Control de Personal para Servidores Administrativos del Órgano Judicial “Acuerdo 68/2015 de 2 de junio” aprobado por el Consejo de la Magistratura, por ser presuntamente contrario a los arts. 14.IV, 115.II, 117.I y 180.I de la CPE.
- Autoridad Sumariante de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Pando
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- a)
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR