AUTO CONSTITUCIONAL 0074/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0074/2017-CA

Fecha: 10-Abr-2017

rechazó

La Autoridad Sumariante de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Pando por Resolución de 20 de marzo de 2017, cursante de fs. 48 a 49 vta., rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: 1) Si bien el accionante identifica la norma presuntamente inconstitucional; sin embargo, no explica cómo se contrapone dicha norma a los mandatos establecidos en los arts. 115, 117 y 119 de la CPE, concluyéndose que no corresponde promover la presente acción; 2) El accionante desde el inicio del sumario disciplinario fue legalmente notificado con todas y cada una de las actuaciones desde el Auto de apertura y demás providencias, otorgándole el plazo previsto en la ley para que realice las acciones correspondientes; por lo que, la Autoridad Sumariante actuó de acuerdo a la normativa y la reglamentación interna que rige dentro del Órgano Judicial; y,     3) No es por analogía ni porque se aplique la Ley del Órgano Judicial; puesto que, los mismos se rigen por el “Acuerdo 68/2015 de 2 de junio”; por lo que, no corresponde la        SC 0060/2015 de 16 de julio, en cuanto a los hechos establecidos en la norma cuestionada.