Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0075/2017-CA
Fecha: 10-Abr-2017
Fragmento 1
En consulta la Resolución SD-AC 05/2017 de 17 de febrero, cursante de fs. 96 a 97 vta., pronunciada por la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por Juan Carlos Irala Montes, demandando la inconstitucionalidad del art. 187.3 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) -Ley 025 de 24 de junio de 2010- por ser presuntamente contrario a los arts. 109.II, 115.II, 116.II, 119.II, 178.I, 180.I, 232 y 410.II.2 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14.I del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.2. Atribución de la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional relativa a la revisión de la Resolución emitida por la autoridad consultante
- Debiendo señalarse además, que si bien ésta pidió la complementación y enmienda de dicha Resolución, debe considerarse que dicho recurso de acuerdo a lo previsto por el art. 103 del citado Reglamento, solamente podrá rectificar o aclarar aquellos errores o contradicciones de sus resoluciones
- Por todo lo anotado
- II.4.
- RATIFICAR