AUTO CONSTITUCIONAL 0083/2017-CA
Fecha: 13-Abr-2017
Fragmento 2
Mediante memorial presentado el 15 de marzo de 2017, cursante de fs. 200 a 205, el accionante, refiere que en su calidad de ex Alcalde Municipal anteriormente Concejal Municipal, el 1 de marzo de 2017, fue notificado con el Auto de 23 de febrero del mismo año, de radicatoria y apertura de periodo de prueba, emitido por la Comisión de Ética del Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba; por el que, se dispuso el inicio de proceso de responsabilidad administrativa en su contra por supuestas irregularidades en la Comisión Transitoria, en base al informe DTLCC/INF 423/2016 de 11 de noviembre, de la Dirección de Lucha Contra la Corrupción de la referida entidad Municipal, todo en aplicación de la Ley de Administración y Control Gubernamentales (LACG) -Ley 1178 de 20 de julio de 1990-, el Reglamento de la Comisión de Ética y Procesos Administrativos; y, su Procedimiento, aprobado por Resolución Municipal 6989/2015 de 11 de febrero.
- la Comisión de Ética del Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- Fragmento 8
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR