AUTO CONSTITUCIONAL 0090/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0090/2017-CA

Fecha: 24-Abr-2017

I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN


Por memorial presentado el 6 de marzo de 2017, cursante de fs. 129 a 133, la Universidad accionante por intermedio de su representante, manifiesta que dentro del proceso social seguido por Ribbentrop Pessoa Yezke contra la UAB “José Ballivian”, cuando se encontraba en etapa de apelación fue notificado el 25 de ese mes y año, con el Auto Interlocutorio 19/2017 de 20 de enero, el cual disponía la ejecutoria del Auto de Vista 65/2016 de 21 de septiembre, contraviniendo de esa manera sus derechos y principios a la igualdad de las partes, debido proceso y de tener conocimiento para recurrir en casación; toda vez que, cursa diligencia de notificación de 10 de octubre de 2016, con el Auto de Vista 65/2016, fecha a partir de la cual corría su plazo para interponer el recurso de casación.

En mérito a ello, señala que el art. 267 del CPC -ahora impugnado-, afecta sus derechos fundamentales, a la defensa, debido proceso en su dimensión de conocer las resoluciones judiciales y la igualdad de las partes ante la ley; habiendo manifestado tanto el Tribunal Constitucional Plurinacional como la Corte Interamericana de Justicia, que las comunicaciones judiciales para que tengan validez deben ser realizadas de forma que aseguren el conocimiento, contenido y puedan utilizar los recursos que les franquea la ley; por ello, debe realizarse de forma personal o por cédula, no como en el caso.