Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2017
Fecha: 21-Abr-2017
II.2
II.2. El Tribunal Supremo Electoral, a solicitud de la entidad territorial autónoma (ETA) (fs. 1 a 4), evaluó técnicamente el proyecto de pregunta de referendo para la puesta en vigencia de la Carta Orgánica de San Juan, mediante Informe Técnico OEP-TSE-SIFDE 0041/2017 de 1 de marzo, (fs. 5 a 8) y lo aprobó mediante la Resolución TSE-RSP-ADM 052/2017 de 1 de marzo (fs. 41 a 43).
- ¿USTED ESTÁ DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE SAN JUAN? SI - NO
- I.2. Admisión
- II.1
- II.2
- III.1. Aprobación del estatuto autonómico o carta orgánica
- mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción”
- 1)
- mecanismo de consulta,
- Fragmento 9
- III.3. Oportunidad y particularidades de la pregunta para referendo aprobatorio
- “si”
- consulta
- compatible
- con autonomías
- LA CONSTITUCIONALIDAD