Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2017
Fecha: 21-Abr-2017
III.1. Aprobación del estatuto autonómico o carta orgánica
Por mandato constitucional, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” regula el procedimiento para la elaboración de estatutos autonómicos y cartas orgánicas, la transferencia y delegación competencial, el régimen económico financiero y la coordinación entre el nivel central y las entidades territoriales descentralizadas y autónomas (art. 271 de la CPE).
- ¿USTED ESTÁ DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE SAN JUAN? SI - NO
- I.2. Admisión
- II.1
- II.2
- III.1. Aprobación del estatuto autonómico o carta orgánica
- mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción”
- 1)
- mecanismo de consulta,
- Fragmento 9
- III.3. Oportunidad y particularidades de la pregunta para referendo aprobatorio
- “si”
- consulta
- compatible
- con autonomías
- LA CONSTITUCIONALIDAD