SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0290/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0290/2017-S1

Fecha: 12-Abr-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que se le sigue por la presunta comisión del delito de estafa y otro, el cual se lleva adelante en el Juzgado de Instrucción Penal Quinto del departamento de Oruro, se realizó la audiencia de revocatoria de detención domiciliaria; empero, ante su inasistencia la autoridad demandada declaró su rebeldía, disponiendo se libre mandamiento de aprehensión con habilitación de días y horas inhábiles y con la facultad de allanamiento, sin considerar que el art. 118 del Código de Procedimiento Penal (CPP), prevé que solo es posible lo señalado precedentemente cuando se estime necesario; es decir, este extremo se halla establecido ante la imposibilidad de la realización del acto; asimismo, no se habría tomado en cuenta el art. 89 del CPP, que si bien prescribe la posibilidad de establecer la aprehensión del declarado rebelde; sin embargo, no así el allanamiento, mismo que solo procede conforme el art. 180 del mismo Código, a través de una resolución fundada y con la participación obligada del Fiscal de Materia, situación que en el presente caso no existió; encontrándose indebidamente procesada, perseguida y con un mandamiento ilegal.