SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2017-S1

Fecha: 12-Abr-2017

i)

Cesar Portocarrero Cuevas, Presidente del Tribunal de Sentencia Penal Sexto del departamento de La Paz, en audiencia expresó lo siguiente: i) Que Elizabeth Blanco Chuquimia tuvo conocimiento de la causa, porque textualmente dice “debajo de mi puerta en mi casa dejaron notificaciones”(sic), a confesión de parte relevo de prueba, la misma manifiesta que se le están violando sus derechos pero lo vertido no se adecua al art. 125 de la CPE, ya que está reclamando argumentos que no coinciden con una acción de libertad; ii) Al ser promovido el “Dr. Rubén Ramírez a otras instancias del Tribunal”(sic) se suspendió el desarrollo del juicio por falta del tercer juez técnico y al ser obligatorio que el referido Tribunal esté conformado por tres jueces técnicos conforme la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal –Ley 586 de 30 de octubre de 2014- y en cumplimiento al principio de legalidad establecido en el art. 180 de la CPE, oficiándose al Consejo de la Magistratura  reiteradamente para que se nombre al tercer Juez Técnico o caso contrario se de las instrucciones para continuar con el juicio; es así que, es nombrado Enrique Manuel Cadena Pinto como tercer Juez Técnico, empezándose el juicio nuevamente; y, iii) Siendo los argumentos vertidos para dilatar la causa, solicitó se deniegue la tutela impetrada.