Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0304/2017-S1
Fecha: 12-Abr-2017
i)
Andrés Delgado Estrada, Director Distrital de Educación de Cobija, en audiencia manifestó que: i) No se agotó el principio de subsidiariedad, para impugnar la Circular ahora cuestionada; ii) Se realizó un proceso largo para determinar qué personas prestaban servicios sin título; iii) El accionante es interino, no es normalista, el Gobierno dio varias oportunidades para que ingresen a estudiar a la normal, lamentablemente algunos no lo hicieron, en función a ello salió los nombres de las personas que no se encuentran en el sistema; y, iv) Su autoridad no declaró la acefalía, ni tampoco emitió Memorando de despido, pudiendo el impetrante de tutela acudir a la instancias que correspondan.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR