Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0304/2017-S1
Fecha: 12-Abr-2017
II.4.
II.4. El 16 de diciembre de 2016, el accionante mediante carta dirigida al Director Distrital de Educación Pando, solicitó que por la Unidad Jurídica se realice una opinión legal sobre la contraposición en el sentido de que una Circular no puede estar por encima de una Resolución Ministerial, para declarar acéfalo su cargo de docente (fs. 14).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR