Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2017-S3
Fecha: 17-Abr-2017
II.2.
II.2. Consta Resolución 1/2015 de 10 de abril, pronunciada por la Jueza de Sentencia Penal Cuarta de la Capital del departamento de La Paz, de rectificación de nombre del ahora accionante en los registros del Recinto Penitenciario “San Pedro” del citado departamento, en la que consta que el nombrado fue condenado por la comisión del delito de transporte de sustancias controladas con una pena privativa de libertad de ocho años de presidio mediante Sentencia 003/2012 de 11 de mayo (fs. 11 a 12 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Participación de los terceros intervinientes
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- como fuerza pública, tiene la misión específica de la defensa de la sociedad y la conservación del orden público, y el cumplimiento de las leyes en todo el territorio boliviano.
- el art. 227 del CPP, faculta a la Policía a aprehender en los casos siguientes:
- III.2. Análisis del caso concreto
- Resolución de indulto 003/15-16 dispuesta a favor del ahora accionante por el delito de transporte de sustancias controladas
- CONFIRMAR