SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0324/2017-s3
Fecha: 20-Abr-2017
concedió
La Jueza Pública Civil y Comercial Tercera de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 01 de 10 de febrero de 2017, cursante de fs. 220 a 222 vta., concedió la tutela solicitada anulando la Resolución de Recurso de Revocatorio SINEC R.R. 02/2016 de 15 de abril y disponiendo que el Sumariante resuelva el referido recurso, bajo los siguientes fundamentos: i) Sobre la falta de competencia de la Sumariante, en el punto primero del Auto Final de Proceso Sumario Administrativo, se resolvió el incidente de nulidad planteado señalando que la citada Sumariante fue designada el 2 de marzo de 2016 mediante Memorando de designación expedida por la Gerente General del SINEC, de lo cual se tiene que sobre tal argumento no es evidente que se hayan infringido derechos y garantías constitucionales; y, ii) La Resolución que resolvió el recurso de revocatoria fue suscrito por la hoy demandada, lo cual no es coherente con lo que estipulan los arts. 64 y 65 de la LPA, que indican que dicho recurso deberá ser sustanciado por el órgano que lo dicto; así también prevé el art. 24 del DS 26237, que la misma autoridad que pronunció la resolución final de sumario, será quien deba pronunciar nueva resolución ratificando o revocando la primera, conforme a ello la Resolución de Recurso de Revocatorio SINEC R.R. 02/2016, al haber sido pronunciada por la antes nombrada, lesionó el derecho al debido proceso en su vertiente de juez natural, y a la fundamentación y motivación de esta, en observancia de las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 1234/2016 de 8 de noviembre y 0693/2012 de 2 de agosto, por lo que corresponde conceder la tutela impetrada en lo que respecta a la solicitud de nulidad de la Resolución de Recurso de Revocatorio.