SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0329/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0329/2017-S1

Fecha: 12-Abr-2017

1)

Elías Apaza Vera, Secretario General, Aurelio Muñoz Castor, Secretario de Relaciones; e, Iver Dávila Villegas, Secretario de Transportes Autos y Vagonetas todos del Sindicato Mixto de Transporte “10 de febrero”, mediante su abogado en audiencia manifestaron que: 1) El accionante debió acudir a la autoridad llamada por ley para efectuar sus reclamos; 2) No únicamente es necesario tener la personería jurídica, sino también cumplir con las obligaciones impositivas;                  3) Correspondía que concurran ante la Policía Boliviana, entidad que es la encargada de brindar protección; 4) Las fotografías adjuntas son extemporáneas; 5) El accionante carece de legitimación activa; 6) La presente acción tutelar no expone con claridad los hechos denunciados; 7) No existe coincidencia o identidad entre las personas que incurrieron en los supuestos actos ilegales y las demandadas, por lo que existe falta de legitimación pasiva; y, 8) Por los actos consentidos, solicitaron deniegue la tutela invocada, ya que no interpuso acción alguna con anterioridad a la acción de defensa planteada.