SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0335/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0335/2017-S2

Fecha: 03-Abr-2017

III.3.  Análisis del caso concreto

En el presente caso es evidente que se ha iniciado un proceso penal por el Ministerio Público a denuncia de German Saravia Pinaya, Silvia Saravia Cáceres y Wilson Costana Escalera contra el accionante, por la presunta comisión del delito de estafa con victimas múltiples, proceso en el cual desarrollados las diligencias preliminares, conforme se tiene de la Conclusión II.3, el 15 de febrero de 2017, la autoridad demandada puso a conocimiento del Juez de Instrucción Penal Segundo, el inicio del inicio de investigaciones por el presunto delito de estafa con víctima múltiples, previsto y sancionado por el art. 335 y 346 bis del CP, así como la imputación formal formulada contra el accionante por el delito citado, tal cual se advierte de la Conclusión II.4 del presente fallo constitucional, bajo estos antecedentes, al haberse comunicado el inicio de investigaciones e incluso presentado imputación formal ante el Juez cautelar, por la subsidiariedad excepcional que rige la presente acción de libertad, Rafael Fernando Rodríguez Céspedes, debió denunciar los actos ilegales presuntamente cometidos por la autoridad fiscal demandada, ante la autoridad jurisdiccional citada, a efecto de que la misma conforme los arts. 54 inc. 1) y 279 del CPP, realice el correspondiente control jurisdiccional, y verifique si las denuncias realizadas en esta acción de defensa son evidentes, máxime si dicha autoridad judicial señalo audiencia de aplicación de medidas cautelares, actuado en el cual se pudo demandar los actos ilegales denunciados, en este entendido, al constituir el control jurisdiccional un mecanismo procesal específicos de defensa idóneo, eficiente y oportuno para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, el mismo que debió ser utilizado previamente por el accionante, no siendo ahora posible ingresar al análisis de fondo de la acción de libertad planteada.