SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0356/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0356/2017-S1

Fecha: 21-Abr-2017

i)

Jacqueline Caballero Zarate, Jueza del Tribunal Disciplinario Segundo de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Santa Cruz, presentó memorial, cursante de fs. 148 a 150 vta., manifestando que: i) La causa “101/2013” concluyó como no presentada al no ser cumplida las observaciones realizadas a la denuncia; es decir, se constituye en una denuncia inexistente; lo que motivó a que el denunciante inicie una nueva cumpliendo las formalidades, signándolo como causa 36/2015 que se encuentra con Resolución Final Disciplinaria ejecutoriada, tómese en cuenta que no podía dejar de emitir resolución en espera de la promulgación del reglamento de la Ley 371; ii) El accionante no señaló cómo o de qué manera hubiera lesionado su derecho a la defensa, presunción de inocencia, solo indicó que, con la expresión que, hubiera adecuado su conducta a una falta disciplinaria, hubiera lesionado las referidas garantías; iii) La causa 36/2015 corresponde a una nueva denuncia, por ello no implicó un doble procesamiento ni doble sentencia; iv) La causa 37/2015 es otra denuncia por otros hechos, diferentes a las de la causa 36/2015; v) Tanto en el Auto de admisión e inicio de investigaciones como en el Auto de inicio de sumario disciplinario –no señala fecha–, no se sancionó al accionante; vi) No se recibió la declaración de testigos de descargo por haber sido ofrecidos extemporáneamente; vii) En el caso 37/2015 se tiene que se designó a los jueces ciudadanos titulares y no a los suplentes, esto a causa que los sorteados no se apersonaron, no obstante, el proceso se llevó adelante con el quorum mínimo, conformado por un juez técnico y otro ciudadano, que no constituye causal de nulidad.