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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2017-S1

    Fecha: 25-Abr-2017

    II.3.

    II.3.  El 15 de marzo de 2017, el impetrante de tutela, mediante memorial dirigido el Juez demandado, solicitó que disponga su inmediata libertad, argumentando que en otros casos se le excluyó como representante legal de la empresa constructora “Bartos y CIA. S.A.”, al existir revocatoria de su mandato; solicitud que mereció el decreto de igual fecha, determinando que sea de conocimiento de la parte demandante a fin de que se pronuncie al respecto (fs. 38 a 40).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores  que sustenta el Estado boliviano
    • III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
    • III.2.1. De la acción de libertad
    • Fragmento 13
    • en los casos de desobediencia, resistencia o incumplimiento a las resoluciones dictadas en las diferentes acciones constitucionales, no corresponde la deducción de otra acción tutelar, pues ella debe ser solicitada al mismo juez o tribunal que conoció de la acción, por ser la autoridad llamada a hacer cumplir el fallo constitucional
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • “
    • REVOCAR

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