SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0384/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0384/2017-S2

Fecha: 25-Abr-2017

derechos a la vida, integridad física, libertad personal y libertad de circulación, de toda persona que crea estar indebidamente o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro

De igual forma, el Código Procesal Constitucional cuyo objeto es regular los procesos constitucionales ante el Tribunal Constitucional Plurinacional así como las acciones de defensa ante juezas, jueces y tribunales competentes, conforme dispone su art. 1, ha regulado en su Capítulo Segundo la acción de libertad, estableciendo que el objeto de ésta conforme lo dispone el     art. 46 es: “…garantizar, proteger o tutelar los derechos a la vida, integridad física, libertad personal y libertad de circulación, de toda persona que crea estar indebidamente o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro” (las negrillas son agregadas).

De igual manera, establece los casos de procedencia de la acción de libertad, en su art. 47 cuando señala: “La Acción de Libertad procede cuando cualquier persona cree que: 1. Su vida está en peligro; 2. Está ilegalmente perseguida; 3. Está indebidamente procesada; 4. Está indebidamente privada de libertad personal”.