Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0393/2017-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0393/2017-S2

    Fecha: 25-Abr-2017

    acción de libertad

    En revisión la Resolución 238/2016 de 7 de mayo, cursante de fs. 15 a 16 vta. pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Antonia Jauregui Espinoza y Víctor Mendoza Condori contra Lorena Maureen Camacho Ramírez; Jueza y, Milton Chui Rivas; Secretario Abogado ambos del Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal de Viacha del departamento de La Paz.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • concedió en parte
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • Fragmento 7
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • III.2.  Reiteración de la jurisprudencia constitucional respecto a la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • No corresponde condicionar la remisión de antecedentes del recurso de apelación al tribunal superior con el cumplimiento de la provisión de recaudos de ley dispuesta por la autoridad judicial, y menos puede computarse el plazo de veinticuatro horas previsto en el art. 251 del CPP, a partir que el recurrente otorga dichos recaudos, en virtud a los principios de gratuidad, pro actione, y los derechos de impugnación y acceso a la justicia.
    • III.3.  Legitimación pasiva en funcionarios subalternos
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca