AUTO CONSTITUCIONAL 0114/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0114/2017-CA

Fecha: 15-May-2017

I.1. Síntesis de la demanda

Por memorial presentado el 3 de mayo de 2017, cursante de fs. 33 a 41 vta., los recurrentes refieren que, la FUL de la UMRPSXCH saliente a la cabeza del universitario Isaac Tejerina, convocó a Asamblea Estudiantil el 14 de octubre de 2016; y entre otros puntos se tocó la conformación del Comité Electoral tal cual ordena el Estatuto Orgánico Estudiantil de esa Universidad; disponiendo que se inviten a las instituciones que correspondan; por lo que, se convocó a la Federación de Profesionales de Chuquisaca, sin que se encuentre permitido en el citado Estatuto, apersonándose Edgar Morales Tejada, como Docente, para conformar el Comité Electoral, procediéndose a emitir la Convocatoria para las elecciones de la FUL de la nombrada Universidad, el 25 de ese mes y año.

El 2 de noviembre de 2016, se llevó a cabo el Acto eleccionario, y posteriormente una segunda vuelta el 4 de igual mes año, llevando adelante el Acta de Cierre del Plebiscito, cerrando el cómputo de votos y pese a un sin fín de irregularidades el 9 del mismo mes y año, dicho Docente ahora recurrido tomó juramento y posesionó a la nueva dirigencia de la FUL de la UMRPSFXCH gestiones 2016-2019, “resolución” que se encuentra vigente a la fecha; sin embargo, todos estos actos fueron realizados sin competencia; toda vez que, se conformó un supuesto Comité Electoral de una persona, desconociendo absolutamente la normativa vigente, modificando los requisitos y el Estatuto Orgánico Estudiantil de la mencionada Universidad; así como usurpando funciones del Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana (CUB).