AUTO CONSTITUCIONAL 0114/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0114/2017-CA

Fecha: 15-May-2017

se infiere que al formar parte del derecho al debido proceso se constituye en un derecho constitucional de la persona,

Así también, lo entendió el entonces Tribunal Constitucional cuando en la SC 1764/2004-R de 9 de noviembre, indicó: “…tomando en cuenta que las normas previstas por los tratados, pactos o convenciones internacionales sobre derechos humanos que hubiesen sido suscritos o ratificados por el Estado boliviano forman parte del bloque de constitucionalidad, haciendo una interpretación integradora de las normas previstas por el art. 16 de la Constitución en concordancia con los instrumentos internacionales antes referidos, se infiere que al formar parte del derecho al debido proceso se constituye en un derecho constitucional de la persona, por lo tanto oponible ante las autoridades públicas y tutelable por la vía del amparo constitucional…” (las negrillas son nuestras).