Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0127/2017-CA
Fecha: 26-May-2017
II.1. Norma jurídica impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
Se demanda la inconstitucionalidad de la Disposición Adicional Única de la Ley de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia, por ser presuntamente contraria a los arts. 18, 36, 45, 48.IV, 123, 164 y 410 de la CPE; 3 y 22 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; 1 y 16 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazar
- II.1. Norma jurídica impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Atribución de la Comisión de Admisión de este Tribunal relativa a la revisión de la Resolución emitida por la autoridad consultante
- II.3. Marco constitucional y normativo
- debe precisar con claridad los motivos por los que considera contrario al CPE,
- II.5.
- RATIFICAR