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    AUTO CONSTITUCIONAL 0127/2017-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0127/2017-CA

    Fecha: 26-May-2017

    II.3.  Marco constitucional y normativo

    Por su parte, el art. 72 del CPCo, establece que: “Las Acciones de Inconstitucionalidad son de puro derecho y tienen por objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitución Política del Estado, a instancia de las autoridades públicas señaladas en el presente Código”.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • rechazar
    • II.1.  Norma jurídica impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
    • II.2. Atribución de la Comisión de Admisión de este Tribunal relativa a la revisión de la Resolución emitida por la autoridad consultante
    • II.3.  Marco constitucional y normativo
    • debe precisar con claridad los motivos por los que considera contrario al CPE,
    • II.5.
    • RATIFICAR

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