Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0141/2017-CA
Fecha: 31-May-2017
I.2. Respuesta a la acción
De la revisión de antecedentes, se evidencia que la presente acción de inconstitucionalidad concreta, fue corrida en traslado mediante decreto de 17 de mayo de 2017, cursante a fs. 73 vta.; siendo notificada Zulma Elizabeth Tarifa Gutiérrez representante legal del Banco Mercantil Santa Cruz Sociedad Anónima (S.A.), el 7 de noviembre de igual año (fs. 74); sin embargo, no existe respuesta alguna.
- Juez Público Civil y Comercial Vigesimoséptimo del departamento de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- “no ha lugar”
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- se activa en aquellos casos en los que las disposiciones legales que forman parte del objeto de control presenten signos de incompatibilidad o contradicción directa con la Constitución