Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0166/2017-RCA
Fecha: 05-May-2017
II.3. El incumplimiento del principio de inmediatez importa una causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional
Por su parte, el AC 0036/2017-RCA de 25 de enero señaló: “…transcurrieron más de siete meses; lo que implica que el derecho para acceder a esta vía constitucional había precluido, extremo que se constituye en causal improcedencia que por ende impide ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada”.
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- improcedencia
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Del cómputo del plazo de los seis meses previstos por el principio de inmediatez ante la denegatoria dispuesta por una Sentencia Constitucional Plurinacional que no ingresó a aspectos de fondo
- II.3. El incumplimiento del principio de inmediatez importa una causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- II.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR