AUTO CONSTITUCIONAL 0179/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0179/2017-RCA

Fecha: 19-May-2017

I.5. Síntesis de la impugnación

Los accionantes refirieron que, en la resolución impugnada, no se ha hecho un análisis del principio de inmediatez, menos del tiempo que lleva la sustanciación de la apelación que a la fecha ni siquiera fue concedida. Reclaman el hecho de que no se recabó el expediente, pese a ser solicitado expresamente.

Señalando el trámite que implica la apelación, relataron que la resolución impugnada fue dictada de manera apresurada y con total superficialidad, sin constatar que el plazo para responder a la apelación no venció y era material y legalmente imposible que se resolviera hasta antes de la fecha del remate; que por ello, corresponde dar curso a la acción de amparo constitucional por el principio de inmediatez.