DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2017

Fecha: 31-May-2017

ARTICULO 3.- PRIMACIA DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO.

En caso de producirse discrepancia en la interpretación y aplicabilidad entre la presente carta orgánica y otras normas que tengan contenidos incompatibles, se aplicará en orden de primacía, la Constitución Política del Estado y otras leyes referidas, por encima de cualquier ordenanza o resolución municipal”.