DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2017

Fecha: 31-May-2017

Preámbulo

Del proyecto de la Carta Orgánica Municipal de Quiabaya, fueron declarados incompatibles por la DCP 0148/2015; los siguientes arts.: Preámbulo en su término: “Autónomo” y de los siguientes arts.: 1 en su término “fundamental”; 2 en sus frases: “supremacía y”; y, “y demás normas que rige al Estado Plurinacional de Bolivia”; 3; 4 en su término: “ordenanzas”; 6; 9 inc. c); 10 en su frase: “El Gobierno Municipal de Quiabaya reconoce como idioma oficial el Aymara y el castellano”; 13; 14 parte introductoria en su  frase: “reconoce y”; y, numeral5 en su término: “discapacitados”; 15 parte introductoria en su frase: “del Gobierno Municipal”, numerales 1, 4 en su frase: “promover y defender”, 6, 7 en su frase: “en la organización y funcionamiento de las Organizaciones Territoriales de Base, Juntas Vecinales, Organizaciones Sociales de Base, Consejos de Desarrollo Municipal, sindicatos agrarios u otros, y”, 10 y 12; 16.I y II en su frase: “y los deberes”; 17; 18; 19 primer párrafo en su frase: “que representa la máxima autoridad del Gobierno Autónomo Municipal”; y segundo párrafo, por contener en su integridad la frase: “EL Concejo determina en la presente Carta Orgánica determinara las funciones relacionadas a la transferencia competencial, el régimen económico financiero y la relación entre el nivel central y las entidades descentralizadas y autónomas”; 20; 21.8 y 9; 22; 24.4 y 6; 25.2 y 3; 26 parte introductoria en su frase: “es la máxima autoridad del Gobierno Autónomo Municipal de Quiabaya”; 27 nomen iuris y parte introductoria en su término: “ejecutivas” y numeral 1; 28 numerales 2 en su frase: “realizar ordenanzas Municipales”, 3 en su frase: “y ejecutarlo”, 6 en su frase: “y sancionarlos en caso de existir responsabilidad administrativa comprobada”, 7, 8, 9 en su término: “ejecución”, 13 y 14; 31; 32 en su frase: “Para ser elegida vice alcalde o vice alcaldesa se requiere cumplir las condiciones y requisitos exigidos para Alcalde o Alcaldesa”; 33; 35.9 y 11; 36 segundo y tercer párrafo; 37.4, 5, 10, 11 en su frase: “mediante Ordenanza Municipal”, 16 en su frase: “de Ordenanzas”, 17 en su frase: “y rural”, 23 en su frase: “para su aprobación por el Concejo” y 28; 40; 42 numerales 5, 6 y 7; 44.1 en su término: “Ordenanzas”; 46 en su frase: “y el control social”; 47; 48; 50; 51; 52; 54; 56; 58.4 en su frase: “Ordenanza Municipal expresa o”; 59.II.6 en su término: “tasas”; 65 inc.1); 68 en sus términos “Autónomo” y “Autónoma”; 69.1; 70; 72; 73.12 en su frase: “personas con capacidades diferentes”; 75 en su frase: “y en concurrencia con los diferentes niveles del Estado y Entidades Territoriales Autónomas”; 77; 78.3 en su frase: “telecomunicaciones, nuevas tecnologías de la información y comunicación, postal” y 5 en su frase “telefonía fija, móvil, telecomunicaciones, internet”; 79 parte introductoria en su frase: “en concurrencia con los diferentes niveles del Estado y Entidades Territoriales Autónomas”; 81 parte introductoria en su frase: “las Entidades Territoriales Autónomas”; 83.1 en su frase: “en coordinación con el gobierno departamental autónomo y/o Nacional” y 5; 86.3; 87; 93.2; 97 parte introductoria en su frase: “personas con capacidades diferentes”; 99.3; “98.2 y 3” -lo correcto sería art. 102.2 y 3-; Disposiciones Finales Artículo Único en su frase: “Constitución Política del Estado y la”; y, Disposiciones Transitorias Artículo Primero en su integridad.