SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2017

Fecha: 31-May-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Dentro del proceso de acreditación y existencia física y determinación de ubicación con límites, medidas, colindancias y extensión superficial de propiedad inmueble y mejor derecho propietario, interpuesta por Luis Romero Baigorria contra Genoveva Martha Santa Cruz Salazar de Bonilla y Carmen Teresa Santa Cruz Salazar, la Jueza Pública Civil y Comercial Tercera del departamento de Santa Cruz, que en primera instancia conoció la causa declinó competencia y anuló obrados con el argumento de que el plano emitido por el Instituto Geográfico Militar registraba a la propiedad como rural, así como el Informe del INRA acreditaba que se trata de fundo rústico, entre otros fundamentos; por su parte, la Jueza Agroambiental Segunda del mismo departamento, dispuso la inspección previa de la propiedad, constatándose que la zona donde está ubicado el inmueble en conflicto tiene características urbanas, incluido al análisis de varios documentos como el Informe Técnico Legal DDSC-AREA A.I.INF 556/2016 de 22 de julio, emitido por el INRA que indica que el predio denominado “MAPAISO” se encuentra dentro del área urbana del municipio de La Guardia; por lo que, sobre el predio en cuestión no corresponde realizar proceso de saneamiento porque cuenta con calles y avenidas de tierra, declarándose incompetente para conocer el caso.