SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0400/2017-S2
Fecha: 02-May-2017
III.3. Análisis del caso concreto
En el caso objeto de análisis, se tiene que el accionante, denuncia que se lesionaron sus derechos a la libertad personal y debido proceso en razón a que las autoridades demandadas pronunciaron resoluciones sin fundamentación, descalificaron prueba legalmente obtenida y no valoraron objetivamente documentos que pudieron incidir en sus decisiones, motivo por el cual, se encuentra ilegal e injustamente detenido preventivamente y acusado de un delito que no cometió.
De la revisión de los antecedentes del caso, se advierte que el demandante de tutela fue imputado formalmente por la supuesta comisión del delito de violación de infante, niña, niño o adolescente; (siendo la probable víctima, su pequeña hija de tres años) y por decisión del Juez demandado, se encuentra detenido preventivamente; posteriormente solicitó la cesación a dicha detención, pero la misma autoridad judicial rechazó la misma.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III.
- Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida,
- III.2. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que; por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada. Puesto que el orden legal penal ha previsto ese medio impugnativo , precisamente para que a través de un recurso rápido, idóneo, efectivo y con la mayor celeridad se repare en el mismo órgano judicial, las arbitrariedades y/o errores que se hubiesen cometido en dicha fase o etapa procesal. Lo propio si está referido a cuestiones lesivas a derechos fundamentales relacionados a actividad procesal defectuosa, o relacionado al debido proceso, casos en los cuales se debe acudir ante la autoridad judicial que conoce la causa en ese momento procesal, puesto que el debido proceso es impugnable a través de la acción de libertad, sólo en los casos de indefensión absoluta y manifiesta, o que dicho acto sea la causa directa de la privación, o restricción a la libertad física.
- III.3. Análisis del caso concreto
- mismo que no fue formulado
- CONFIRMAR en todo