SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2017-S2

Fecha: 02-May-2017

III.2. Trámite de la apelación restringida en materia penal

La SCP 0448/2013 de 9 de abril, emitió los siguientes razonamientos jurisprudenciales: “La tramitación del recurso de apelación restringida se encuentra establecido en el art. 407 del CPP, norma que prevé que dicho medio de impugnación queda reservado únicamente contra las sentencias de primera instancia, será interpuesto por escrito en el plazo de quince días de notificada con la sentencia.