SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2017-S2

Fecha: 22-May-2017

a)

El accionante por intermedio de sus abogados a tiempo de ratificar su acción de libertad, acotó: a) Existen tres errores en los que se incurrió involuntariamente en el memorial de acción de libertad, por lo que corrige los mismos señalando que no es Juzgado Octavo, sino Sexto; la audiencia cautelar no se llevó a cabo el 1 de octubre de 2016, -sino 2017-; y, el detenido preventivo es Arturo Ninfor Ibáñez Pinto y no Víctor Hugo Maldonado Ríos; b) Un día antes a la Interposición de la presente acción tutelar, el ahora accionante fue aprehendido por orden de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia para ser remitido al Centro de Rehabilitación Santa Cruz de “Palmasola”; c) De igual forma existe un mandamiento contra Martha Roxana Pugliesi Pinto; d) Con los hechos denunciados se vulneró su derecho a la defensa, ya que no se les dio la oportunidad de expresar sus ponencias; e) Se vulneró la tutela judicial efectiva, ya que la Sala Penal Tercera no cumplió con los requisitos procesales para poner a las partes en igualdad de condiciones; y, f) El Juez de Instrucción Penal Sexto emitió mandamiento de aprehensión en su contra por no haber asistido a la audiencia del “día anterior”. Por todo ello, solicitan se conceda (a tutela y se disponga la Inmediata libertad de Arturo Ninfor Ibáñez Pinto y la suspensión de la orden librada contra Martha Roxana Plugiese Pinto; se anulen ambos mandamientos y que el Juzgado de Instrucción Penal Sexto, deje sin efecto los mandamientos de aprehensión.