SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2017-S2
Fecha: 22-May-2017
no obstante ello no ¡mplica que puede rescindirse la
De similar forma, ¡a SC 0320/2010-R de 15 de junio, expresó: ‘...la naturaleza de aplicación del principio de informalismo en esta acción tutelar, responde a efectivizar la acción de defensa en forma oportuna y eficaz en atención a los derechos fundamentales protegidos, vida libertad, prescindiendo de formalidades procesales referidas a necesaria presentación escritura, por el agraviado o con mandato expreso, con precisión del derecho conculcado, su relación con los hechos y todos aquellos elementos de derecho que hacen a un medio o recurso de defensa; no obstante ello no ¡mplica que puede rescindirse la presentación de prueba mínima que acredite los hechos denunciados, en razón a que al sustanciar y resolver la acción tutelar, la jurisdicción constitucional requiere de certidumbre sobre la vulneración del o los derechos invocados para tutelar y protegerlos, compulsando los hechos denunciados con los elementos probatorios que generen convicción del acto ilegal u omisión indebida"'(sic) (las negrillas nos pertenecen).
- Felipe Nery Fernández García
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- 1)
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia de la acción de libertad por falta de pruebas
- ‘...uno de los principios que rige este recurso es el de
- no obstante ello no ¡mplica que puede rescindirse la
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo