SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2017-S1

Fecha: 31-May-2017

a)

Solicitó que se conceda la tutela; y en consecuencia, se disponga: a) El restablecimiento de las conculcaciones referidas respecto al debido proceso; y, b) Se deje sin efecto las programaciones de audiencia cautelar, mientras no se resuelva la apelación en efecto suspensivo en cumplimiento del art. 396.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

De la revisión y compulsa de obrados, se constatan los siguientes actuados procesales: a) El 8 de noviembre de 2016, el Juez de Instrucción Penal Tercero del departamento de La Paz, mediante Resolución 433/2016, dispuso declarar infundado la excepciones de prejudicialidad y rechazó el incidente de actividad procesal defectuosa, impetrada por la impetrante de tutela; b) El 9 de enero de 2017, la accionante apeló la referida decisión la Resolución 433/2016, emitido por el Juez de Instrucción Penal Tercero; y, c) El Juez ahora demandado, mediante providencia de 10 de marzo de 2017, señaló audiencia pública de consideración de medidas cautelares de Janine Silvana Verónica Terán Hubner para el 22 de marzo de 2017 a horas 15:30; conforme a la jurisprudencia constitucional, y en base a los hechos constatados por este Tribunal corresponde determinar si la autoridad demandada fue responsable o no de la vulneración de los derechos objeto de tutela en la presente acción de libertad a fin de concederla o denegarla.