SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0480/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0480/2017-S1

Fecha: 31-May-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desde hace tiempo vive en el departamento “7B” ubicado en el condominio “Mediterráneo I” en calidad de copropietario conjuntamente sus hermanas y su madre que es de la tercera edad, la última mencionada, se hallaba sanando de un accidente de tránsito, el cual, le trajo como consecuencia la amputación de dos dedos de un pie, encontrándose en ese momento en recuperación por un lapso no menor a noventa días. Afirmó que de un tiempo a esta parte, sufría insultos y amenazas de ser privado de la luz eléctrica y el líquido elemento, si no se ponía al día en el pago de las expensas comunes que todos los copropietarios del edificio cancelan de forma mensual, sindicando al respecto que no existe una auditoría, estados contables, informe de pérdidas y/o ganancias, ni resultado de cada gestión financiera correspondientes a dichas expensas, que además cada vez son encarecidas de forma indiscriminada, no guardando relación con montos pagados en otros condominios de la misma zona, alegando que hasta ese momento pagaban Bs1 000.-(mil bolivianos) mensuales, manifestó que tuvieron reuniones conciliatorias con el administrador del referido condominio, sin embargo, los acuerdos llegados no fueron aprobados por las administradoras de expensas comunes del mismo lugar, hecho que derivó, en que el nombre de su madre sea escrito en una pizarra sindicándola de deudora morosa; además de ello, las demandadas usurpando funciones de la Cooperativa Rural de Electrificación R.L. (CRE), desde el 5 de enero de 2017, procedieron a bajar la palanca de su medidor de energía eléctrica, no obstante a encontrarse al día en los pagos, razón por la cual, llamaron a un técnico de la mencionada cooperativa, quién al hacerse presente, dijo que dicho servicio básico no podía ser cortado por personas particulares sino únicamente por personal de la CRE y cuando fueron exhibidas las facturas de consumo canceladas al día, intentó restablecer el referido servicio, empero, no logró su cometido puesto que el administrador del condominio había cerrado con candado el cuarto de medidores de energía eléctrica y luego escondió la llave.