SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0529/2017-S1
Fecha: 31-May-2017
concedió
La Sala Social Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, por Resolución 002/2017 de 7 de abril, cursante de fs. 91 a 94, concedió la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad universitaria demandada, ordene “que el contrato a plazo fijo se convierta en contrato a tiempo indefinido” (sic) de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo (DS) 16187 de 16 de febrero; determinación asumida en base a los siguientes argumentos: i) El impetrante de tutela es trabajador a plazo fijo de la UATF desde el 20 de mayo de 2009 con un sueldo de Bs3639.- en jornada de trabajo de lunes a domingo y feriados cuando así lo requiera la citada casa superior de estudios; ii) En mérito al DS 27477 de 6 de mayo de 2004, se advierte que al no insertar al accionante con las mismas facultades que los demás trabajadores limita su acceso y lo condena a una inseguridad jurídica; iii) La UATF no tomó en cuenta que el impetrante de tutela prestó servicios por más de ocho años como trabajador eventual a contrato fijo que ha sido renovado anualmente de forma consecutiva; y, iv) En virtud del principio de estabilidad laboral todo trabajador tiene el derecho de conservar su empleo durante su vida laboral, salvo la existencia de causales que justifiquen el despido.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR