SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0529/2017-S1
Fecha: 31-May-2017
II.5.
II.5. Informe 017/2017 de 31 de marzo, emitido por trabajadores del Departamento de Personal de la UATF, de cuyo contenido se extrae que Edwin Grover Gutiérrez Pérez: a) Ingresó a trabajar a la mencionada Universidad el 1 de abril de 2009; b) Suscribió los contratos a plazo fijo 119/2009 y 08/2010; y, c) A partir de su fecha de ingreso no ha sufrido ninguna suspensión y/o interrupción, adquiriendo continuidad y estabilidad laboral; d) Su remuneración mensual es de Bs3639.-; e) Recibe el pago de aguinaldo cada gestión; f) Goza del incremento salarial anual; g) Realiza aportes de corto y largo plazo; h) Se encuentra afiliado al Seguro Social Universitario; e, i) Trabaja de lunes ya viernes de 8:00 a 12:00 y 14:00 a 18:00 (fs. 48 a 49).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR