AUTO CONSTITUCIONAL 0150/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0150/2017-CA

Fecha: 08-Jun-2017

I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN

Por memorial presentado el 1 de marzo de 2017, cursante de fs. 1 a 7 vta., la parte accionante mediante sus representantes, refiere que son legítimos propietarios  de un inmueble ubicado en la Urbanización Juana Azurduy de Padilla de 48 541.50 m2, el cual al encontrarse próximo a la valla del Aeropuerto Internacional de El Alto del departamento de La Paz, siempre fue pretendido por el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del indicado departamento, la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA) y el Ministerio de Defensa, sin que ninguno demuestre tener documentación idónea sobre dichos predios. Manifiestan que el referido Gobierno Municipal sancionó y promulgó la Ley Municipal 92/2014, declarando dicho predio como propiedad municipal y en base a dicha Ley suscribe la minuta de registro de Áreas Públicas de 16 de mayo de 2014, cual se tratara del registro de una cesión de áreas en el porcentaje de una planimetría en el marco de un proceso de regularización que no existe, registrando la propiedad como suya, afectando con ello derechos de particulares. Por lo cual, debido a las perturbaciones a su derecho de propiedad, presentaron demanda de acción interdicta de adquirir  la posesión contra el Ministerio de Defensa, con oposición del Gobierno Municipal de El Alto, la Subalcaldía del Distrito 4 de dicho Municipio y AASANA.